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Mostrando entradas de febrero, 2016

Devolución de Percepciones: ¿Cómo deberá efectuarse la solicitud de devolución?

La solicitud de devolución deberá efectuarse a través del sitio "web" de esta Administración Federal http://www.afip.gob.ar, ingresando al servicio "Mis Aplicaciones WEB", donde seleccionará el "Formulario 746/A - Devoluciones y Transferencias", el cual será remitido mediante transferencia electrónica de datos. Aclaración: Este mecanismo es solo aplicable para aquellos que no se encuentren inscriptos en Ganancias o en Bienes Personales. Quienes se encuentren inscriptos deben tramitar la solicitud de devolución mediante la presentación del aplicativo (instalable en SIAP) "solicitud de devoluciones y/o transferencias" En la citada transacción los sujetos podrán visualizar y seleccionar las percepciones que les fueron efectuadas y hayan sido informadas por los agentes de percepción. En el supuesto que la información obrante en el sistema difiera de la real, la transacción permitirá incorporar las percepciones faltantes, a partir del mes subs

Devolución Percepciones AFIP¿Cuáles son los requisitos previos para presentar la solicitud de devolución?

Con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, los ciudadanos deberán: a) Contar con CUIT: -En caso de no poseer CUIT, deberán solicitarla mediante la presentación del F. 460/F junto con la documentación requerida por la RG 10/97, en la dependencia que le corresponda por el domicilio fiscal. Podrá consultar la documentación a presentar en el ID 375298. b) Contar con clave fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 3 o superior obtenida de acuerdo con lo establecido en la RG 3713/15. c) Informar a esta Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria, en el servicio  "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social". Aclaración: Los ciudadanos deban obtener su CUIT y/ó Clave Fiscal para tramitar la devolución, deberán solicitar un turno Web de manera previa, para ello acceda aquí, ingrese sus datos personales y seleccione el motivo de trámite "DEVOLUCION DE PERCEPCIONES F.746/A (Soli

¿Quiénes podrán solicitar la devolución de las percepciones a través del servicio "Mis aplicaciones Web"?

Podrán solicitar la devolución del gravamen percibido a través del servicio con clave fiscal "Mis Aplicaciones Web", los sujetos residentes en el país, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que consecuentemente se encuentren imposibilitados de computar las percepciones sufridas. Fuente: Art. 1 RG 3420/12

AFIP: ¿Qué documentación deben presentar las personas físicas para solicitar el número de CUIT?

Las personas físicas para solicitar su número de CUIT deberán presentar el formulario 460/F por duplicado, en la dependencia de la AFIP que le corresponde de acuerdo a su domicilio fiscal. El formulario será acompañado de los elementos que, según el sujeto de que se trate, se indican a continuación: 1. Argentinos nativos o naturalizados y extranjeros: fotocopia del documento nacional de identidad, libreta cívica o libreta de enrolamiento. 2. Extranjeros que no posean documento nacional de identidad: fotocopia de la cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia. El otorgamiento de la CUIT a los extranjeros está sujeto a las condiciones de la RG 3890/94. Además, se deberán presentar 2 de las siguientes constancias del domicilio fiscal: 1. Certificado de domicilio expedido por autoridad policial. 2. Acta de constatación notarial. 3. Fotocopia de

AFIP: ¿Cómo puedo recibir información sobre el estado de la solicitud de devolución de las percepciones?

Podrá recibir información sobre el estado de la solicitud de devolución presentada a través del servicio con clave fiscal "E-Ventanilla" una vez confirmado el "Domicilio Fiscal Electrónico", aunque la adhesión a este último no resulta obligatoria para solicitar la devolución. Para conocer los pasos a seguir a efectos de constituir el Domicilio Fiscal Electrónico, ingrese  aquí . Fuente: CIT AFIP