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Mostrando las entradas etiquetadas como Sueldos

¿En Qué Plazo Deben Pagarse Las Liquidaciones Finales?

El plazo establecido para que los empleadores realicen el pago de las liquidaciones finales, por cese de la relación laboral, se encuentra establecido en la Ley de Contrato de Trabajo. Este plazo de pago es único y no importa si la desvinculación del empleado se produjo como consecuencia de un despido realizado por la parte empleadora o de la presentación de la renuncia al puesto de trabajo realizada por el empleado. El artículo 255 bis de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artículo 128 de la misma LCT, y que dicho plazo será computado desde la fecha de extinción de la relación laboral. El artículo 128 de la LCT dispone que el pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los siguientes plazos máximos: 4 días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y 3 ...

Liquidaciones de Sueldos. Consultas Varias II

1) ¿Cómo se paga un día por examen de un trabajador mensualizado? El día por examen del trabajador mensualizado se calcula conforme lo establecido en el artículo 155 de la ley de contrato de trabajo (LCT), es decir, igual al valor de un día de vacaciones (art. 159, LCT), por lo tanto dicho importe se obtiene dividiendo por 25 la remuneración que perciba el empleado al momento del otorgamiento del día por examen. 2) ¿En que casos corresponde el cobro de los feriados nacionales? La factibilidad del cobro de los días feriados naciones se encuentra establecido en el artículo 168 de la ley de contrato de trabajo (LCT). En el mismo se establece que los trabajadores tendrán derecho a percibir la remuneración correspondiente al feriado no trabajado siempre que hubiesen trabajado a las órdenes de un mismo empleador 48 horas o 6 seis jornadas dentro del término de diez días hábiles anteriores al feriado, o cuando hubieran prestado servicios la víspera hábil del día feriado, y co...

Licencias Especiales. Consultas Varias.

1) Un trabajador que al momento de contraer matrimonio cuenta con una antigüedad de 2 meses en la empresa, ¿tiene derecho al goce de la licencia por matrimonio? Para el goce de la licencia especial por matrimonio no se requiere una antigüedad mínima en el empleo. Por lo tanto, tiene el trabajador derecho a dicha licencia especial por matrimonio.       2) ¿Cuándo se presume que el despido obedece al matrimonio? Se considera que el despido responde a causa de matrimonio cuando fuese dispuesto sin invocación de causa por el empleador, o no fuese probada la que se invocare, y el despido se produjere dentro de los 3 meses anteriores o 6 posteriores al matrimonio y siempre que haya mediado notificación fehaciente del mismo al empleador, no pudiendo esta notificación efectuarse con anterioridad o posterioridad a los plazos señalados.     3) ¿Corresponde continuar realizando aportes y contribuciones con destino a la obra social durante l...