Las disposiciones de la Resolución General 3781 AFIP, que estableció la obligatoriedad de la emisión del Libro de Sueldos Digital, entraron en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial ( 26/06/2015 ) pero la obligación de emitir el Libro de Sueldos Digital resultará de aplicación según se indica a continuación: Emisión de hojas móviles: A partir de la fecha que se indique en la notificación que la Administración Federal de Ingresos Públicos efectuará en forma particular a cada empleador o, desde el momento que lo disponga una resolución general cuando se incluyan en forma masiva empleadores de determinadas actividades, sectores y/o jurisdicciones provinciales. Fuente: Art.18 RG 3781/15
Blog con preguntas y respuestas de utilidad para el Contador Público.