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Mostrando las entradas etiquetadas como Régimen de información Monotributo.

Monotributo: ¿Qué sucede en caso de no presentarse el Régimen de Información?

Según lo establecido en la RG 2888 los contribuyentes incluidos en las categorías E, F, G, H, I, J, o K  o bien que revistan la calidad de empleadores sin importar la categoría deben presentar una declaración jurada informativa por cada cuatrimestre calendario. (desde 2017 se presenta desde categoría E, hasta cuarto cuatrimestre de 2016 desde categoría F) Ahora bien, ¿Qué sucede en aquellos casos en que el contribuyente no presente dicha declaración jurada? a) La falta de cumplimiento del régimen informativo impedira a los contribuyentes poder obtener las constancias de situación impositiva y/o previsional, entre otras. b)  La falta de presentación de la información dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Fuente: Art. 6 y 7 RG 2888/10

Monotributo: ¿Qué sucede si no presento el régimen de información cuatrimestral?

En los meses de mayo, septiembre y enero los contribuyentes del Régimen Simplificado con categorías desde la F hasta la L o aquellos que sean empleadores sin importar la categoría tienen la obligación de presentar el régimen de información cuatrimestral. En caso de omitir dicha presentación están sujetos a las siguientes sanciones: a) El cumplimiento del régimen será requisito para la tramitación de solicitudes que efectúen los pequeños contribuyentes a partir de su vigencia, referidas a la obtención de constancias de situación impositiva y/o previsional, entre otras. Es decir que no podrán obtener la CUIT y probablemente en caso de tener como clientes a empresas grandes o trabajar con el Estado no puedan cobrar sus facturas debido a este bloqueo de la CUIT. b) La falta de presentación de la información dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley   11683 . Fuente: Art. 6 y 7 RG 2888/10