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Puerta a Puerta: ¿Cómo es el procedimiento?

Desde el 26 de agosto de 2016 deberá seguirse el siguiente procedimiento: 1) El destinatario recibirá una notificación del correo informando la existencia de un envío a su nombre por el que puede optar por el envío puerta a puerta,e indicando el número de tracking asociado. 2) Posteriormente deberá ingresar al servicio con clave fiscal “Envíos Postales Internacionales”. Aquí se deberá ingresar el número de tracking del envío, el valor y la descripción de la mercadería a recibir. 3) El sistema emitirá de forma automática la declaración jurada para su impresión y el VEP por los conceptos y valores a abonar. Este VEP será vigente hasta la hora 24 del día de su generación; cumplido este plazo, se anulará y el interesado deberá generar uno nuevo utilizando el número de tracking. 4) Una vez concretado el pago, el ciudadano recibirá el envío en su domicilio. 5) Finalmente, el destinatario del envío deberá confirmar la recepción dentro de los 30 días corridos d...