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IVA y Ganancias: en 2019/20 AFIP hará las declaraciones juradas

Si hay una queja generaliza de los contribuyentes es la que afirma que la AFIP "caza en el zoológico". En defensa del control que ejerce el ente recaudador, el Administrador Federal de Ingresos Públicos, Leandro Cuccioli, sostuvo ayer en la apertura del 20° Simposio sobre Legislación Tributaria -organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño- que "hay elefantes vestidos de hormigas". Con lo que ejemplificó que hay que ir a buscar a quienes están fuera del radar del organismo pero también a quienes mantienen operaciones ocultas o no pagan todos los impuestos que les corresponden.
 
 
 
Pero dentro de su discurso ante los profesionales en ciencias económicas, el funcionario puntualizó varias tareas que encara el organismo: fiscalización intensiva en sectores mayoristas y/o de distribución; y control sobre monotributistas, entre otros temas.
 
Sin embargo no es lo único a lo que se refirió Cuccioli. En esa sintonía agregó que el de los alquileres "es un mercado en donde tenemos un alto nivel de informalidad y la falta de un registro es parte del problema, porque hoy no hay ningún tipo de penalidad para el dueño que no tiene el contrato de alquiler en regla".
 
Por otra parte, adelantó que en los próximos días saldría un decreto (que modificará el decreto 858/16) que "habilita toda una serie de tecnologías que no existían en ese momento para que los comerciantes cumplan con el requisito de tener un medio de pago electrónico".
 
Y confirmó algo que Ámbito Financiero viene informando desde hace tiempo, que en 2019 habrá declaración jurada proforma del Impuesto al Valor Agregado (o sea liquidación que hará la AFIP en función de los datos de su base) y el contribuyente confirmará a través de un botón desde la página web del organismo o podrá rechazarla y plantear sus diferencias. En esta línea debe remarcarse que esto es posible porque a partir de mayo 2019 (Nota del Blog, en realidad sería desde Abril), pocas son las excepciones a la obligación de facturar electrónicamente, incluyendo monotributistas.
 
Asimismo, adelantó que este tipo de liquidación administrativa "ad referéndum" del contribuyente se extenderá al Impuesto a las Ganancias sobre rentas de la 4º Categoría, básicamente sobre sueldos, a partir del año 2020. Toda esta información también es conocida por la AFIP.
 
En cuanto a la actualización de los sistemas web o de los aplicativos vigentes para Ganancias, en la administración no se trabaja por el momento atento la falta de reglamentación.
 
Fuente: ambito.com  Por: Ricardo H. Ferraro

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