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¿Cómo se realiza la adhesión al beneficio para contribuyentes cumplidores?

La adhesión a los beneficios se efectuará ingresando en www.afip.gob.ar a través del servicio con clave fiscal "Sistema Registral" opción "Características especiales", seleccionando en la opción "Ley 27.260 - Beneficio contribuyentes cumplidores", aquella situación en la que el sujeto se considere comprendido, a saber:


- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto a los bienes personales (Período Fiscal 2016, 2017, 2018) con acreditación de anticipos como saldo de libre disponibilidad.

- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto a las ganancias - 1era. Cuota de SAC período fiscal 2016.

- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto a los bienes personales - responsable sustituto.

- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto a los bienes personales (PF 2016, 2017, 2018) con devolución de anticipos en cuenta (CBU).

Al mencionado servicio se deberá acceder con clave fiscal, nivel de seguridad 3 como mínimo.

Fuente: Art. 36 RG 3919

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