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Blanqueo ¿Qué documentación se necesita para afectar los fondos depositados a la compra de autos o inmuebles?

¿Qué documentación se le debe solicitar al contribuyente por la compra de bienes inmuebles y bienes muebles registrables desafectando los fondos depositados? ¿La transferencia debe ser a la cuenta del contribuyente en otro banco o puede ser a la de un tercero?


Sólo se deberá admitir la posibilidad de transferencias, cuando el destino de los fondos sea alguno de los previstos en el segundo párrafo del Artículo 44 de la Ley 27.260, siendo estos, compra de bienes inmuebles o bienes muebles registrables y contra la presentación de documentación respaldatoria de dicha operación.

La documentación que cabría solicitar es aquella relativa a la operación, como ser:
- Presupuesto,
- Notas de Pedido y/o
- Documentos de análogas características,

También se deberá completar la información requerida en el punto 5.7 de la Comunicación A 6022 del BCRA, identificando los datos del bien que se pretende adquirir (fecha, moneda, monto, concepto del destino de los fondos, CBU y titular de la cuenta de destino).

Asimismo, la norma mencionada en el párrafo anterior establece, con relación a la transferencia, que "Los débitos de los fondos acreditados en estas cuentas deberán efectuarse exclusivamente mediante transferencia a la correspondiente cuenta que indique el vendedor".

Fuente: CIT AFIP

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