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Monotributo: la exclusión por haber superado los límites de compras y/o gastos contra que categoría se calcula?


Existe una confusión bastante generalizada respecto de cuales son las categorías con las cuales deben hacerse las comparaciones a efectos de establecer la exclusión del monotributo por haberse superado los límites máximos de compras y/o gastos.


Se tiende a pensar que los porcentajes establecidos en el artículo 20 inciso k) de la ley del Monotributo son calculados considerando la categoría en la que reviste el contribuyente.

Esto es incorrecto.

En el artículo 20 inciso k) de la ley del monotributo se establece que se producirá la exclusión cuando: “ El importe de las compras más los gastos inherentes al desarrollo de la actividad de que se trate, efectuados durante los últimos doce (12) meses, totalicen una suma igual o superior al ochenta por ciento (80%) en el caso de venta de bienes o al cuarenta por ciento (40%) cuando se trate de locaciones y/o prestaciones de servicios, de los ingresos brutos máximos fijados en el artículo 8º para la Categoría I o, en su caso, J, K o L, conforme a lo previsto en el segundo párrafo del citado artículo.



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