Ir al contenido principal

¿Cómo Elegir una ART?





En forma previa a contratar una Aseguradora, resulta conveniente:
  • Comparar las alícuotas que le cobrarían distintas ART.
  • Consultar sobre el grado, nivel y frecuencia del asesoramiento que le ofrecen.
Una misión fundamental de la ART es asesorar a las empresas en lo que respecta a la prevención de siniestros. La ART: ¿tiene personal experto en la materia? ¿Qué propuestas le acerca para facilitar este asesoramiento? ¿Le garantiza el acceso a profesionales idóneos en los procesos productivos que Ud. lleva? ¿Tiene material, libros, página web, folletos, etc., que le faciliten la comprensión de los temas?
Las ART deben visitar a las empresas periódicamente. Consulte la frecuencia con que la ART se compromete a visitar sus establecimientos y quiénes realizarán dichas visitas, a fin de obtener el mejor servicio posible.

  • Verificar si tienen un Programa de Capacitación destinado a los trabajadores.
La mejor forma de evitar los accidentes y enfermedades profesionales es capacitar a los trabajadores sobre la forma de prevenirlos. Controle y consulte cuál es la capacitación que la ART le ofrece, cuándo se brindará, cada cuánto le ofrecen este servicio, en qué horarios y en qué lugar (¿deberán trasladarse los trabajadores a otra ciudad o vendrá la ART a la localidad para capacitarlos?).
  • Preguntar cuándo y dónde realizarán los exámenes médicos.
Aquellos trabajadores expuestos a determinados riesgos deben ser controlados mediante exámenes médicos periódicos específicos, a fin de detectar tempranamente las señales de posibles patologías y prevenir las enfermedades profesionales en el trabajador y sus compañeros. Solicite a la ART información sobre los prestadores que tiene disponibles para la realización de los exámenes médicos: ¿están en la ciudad? ¿Tienen especialistas en los temas vinculados a lo que Ud. produce?.
  • Consultar sobre qué harán en caso de accidente o enfermedad profesional para analizar qué falló y evitar nuevos siniestros.
Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la ART debe iniciar inmediatamente una serie de investigaciones a fin de analizar qué fue lo que falló y evitar que vuelva a ocurrir un accidente similar en el establecimiento o en otros establecimientos. Consulte qué profesionales se encargan de estos temas y quiénes realizan las investigaciones de los accidentes, así como sobre las demás prestaciones que la ART debe garantizar a los trabajadores accidentados y/o enfermos y sus familias.
  • Averiguar qué prestadores tienen en la zona en la que se encuentran sus establecimientos. ¿Tiene la ART centros de urgencias en la zona? ¿Y centros de alta complejidad? ¿Cuáles son los centros de atención y los prestadores médicos? ¿Dónde se realizará la rehabilitación, si fuera necesario?
  • Consultar si hay oficinas administrativas o de gestión de la ART en la zona en la que se encuentran sus establecimientos.
  • Preguntar cómo se realizan los reintegros a los trabajadores en los casos que correspondan y cómo organizan los servicios de traslados de los damnificados y la entrega de medicamento, prótesis y órtesis que correspondan.
  • Solicitar se defina cuáles son los canales por los cuales la ART informa al empleador sobre la evolución de los damnificados.
  • Solicitar se le informe qué mecanismos pone a disposición la ART para recibir consultas o reclamos de empleadores y trabajadores: ¿dispone de una línea telefónica gratuita para efectuar consultas y reclamos desde donde se encuentran sus establecimientos? ¿Es posible consultar por correo electrónico?

Entradas populares de este blog

¿Que es el C.A.E? ¿Qué significa la fecha de vencimiento del C.A.E?

¿Qué es el C.A.E? El C.A.E. (Código de Autorización Electrónico) es un número (formato similar al C.A.I.) que otorga la AFIP al autorizar la emisión de un comprobante por web service, aplicativo RECE o por el servicio por clave fiscal "Comprobantes en linea" ("facturas electrónicas"). Sin CAE, la factura no tiene validez fiscal. Este código debe informarse en la factura electrónica, consignando también su vencimiento, código de comprobante, y demás datos de las facturas tradicionales. Incluir el código de barras que representa estos datos es opcional. El CAE es único por facturas A, pero puede ser el mismo para un lote de facturas B consecutivas, del el mismo día y cada una menor a $1000.- (en este último caso, se autorizan las facturas B en una sola operación por el monto total). Qué significa la fecha de vencimiento del C.A.E? Significa el plazo en que debe ser puesta a disposición la factura electrónica al cliente. Este plazo es dentro de los 10 días cor

Monotributo: Si Estoy Obligado a Emitir Factura Electrónica, ¿Debo Tener Comprobantes de Resguardo Impresos?

Aquellos Monotributista que se encuentran obligados a emitir factura electrónica en función de lo establecido en la Resolución General AFIP 3067  ¿deben tener también facturas de resguardo impresas por imprenta con CAI o ésta obligación sólo es aplicable para los Contribuyentes inscriptos en el impuesto al valor agregado? Los monotributistas obligados a utilizar factura electrónica no están exceptuados de contar con comprobantes manuales de resguardo para el caso de inoperatividad del sistema [RG (AFIP) 3067, art. 9, que remite al art. 33, RG (AFIP) 2485 y modif.]. Los comprobantes de resguardo de los monotributistas impresos por imprenta con anterioridad al 31/10/2014 pueden ser utilizados hasta que se agote su existencia, en la medida en que su existencia haya sido informada a la AFIP hasta el 31/3/2015, mientras que las  nuevas impresiones de comprobantes que se realicen deben hacerse utilizando el nuevo procedimiento de obtención de CAI a través de la página web de AFIP.

¿Qué consecuencias tiene recibir una factura de compra con el CAI vencido?

Las consecuencias de recibir y aceptar una factura de compra con el CAI vencido se encuentran establecidas en el artículo 41 de la Resolución General 100 AFIP. En dicho artículo se establece que no serán considerados válidos a los efectos del cómputo de deducciones, créditos fiscales y demás efectos tributarios de interés para el comprador, locatario o prestatario aquellos comprobantes que no reúnan determinados requisitos entre los que se encuentran los comprobantes que sean emitidos con posterioridad al plazo de validez del CAI. No obstante en el último párrafo del artículo se abre una posibilidad de cómputo del gasto y el crédito fiscal asociado en la medida en que el contribuyente pueda demostrar la veracidad de la operación. A continuación se transcribe el artículo citado: Art. 41 -No serán considerados válidos a los efectos del cómputo de deducciones, créditos fiscales y demás efectos tributarios de interés para el comprador, locatario o prestatario, según lo prescripto