Algún día tenía que llegar la generalización de la factura
electrónica y ese día será el 31 de marzo del año que viene, según lo
adelantado en la conferencia de prensa donde el administrador federal de AFIP,
Leandro Cuccioli, anunció la recaudación del mes de junio. Es un objetivo que
el ente recaudador viene desarrollando hace más de una década, porque detrás de
esta medida puede reformularse de manera importante la declaración de los
impuestos.
Declaración proforma
El administrador federal anterior, Alberto Abad, en su
primera gestión ya pensaba con sus asesores en la declaración jurada de IVA
proforma (estimada). Es decir, si la AFIP conoce los débitos y los créditos de
un contribuyente puede enviarle una liquidación con la información que posee y
el responsable de IVA dirá si está o no de acuerdo con lo determinado por el
organismo.
Pero para llegar a un cierto grado de certeza en la
declaración jurada proforma era necesario realizar algunos cambios en la
información que recibe la AFIP y para ello lo mejor es digitalizar todo lo
máximo posible como se anunció. Precisamente de allí la sustitución del actual
régimen informativo de compras y ventas por el que se denominará Libro de IVA
Digital, que si bien permite al contribuyente consultar en tiempo real su
facturación y la de sus proveedores, con igual detalle lo conoce la AFIP.
De momento hay que seguir cargando datos en el actual
régimen de IVA compras y ventas que se presenta con la declaración jurada de
IVA. Habrá que esperar porque la generalización se hará por etapas, comenzando
el próximo 1 de agosto para ejercer la opción entre factura electrónica o
controlador y desde el 1 de octubre quedarán obligados a facturar de una u otra
forma, informó AFIP.
La generalización comprende tanto a responsables inscriptos
en el IVA, sujetos exentos en IVA como a monotributistas de las categorías más
bajas, porque las más altas ya están obligadas - salvo Monotributo Social que
sigue en papel- lo que implica que en la base de datos de la AFIP convergen las
ventas, por las facturas emitidas y las compras por las facturas recibidas de
todo tipo de proveedor.
Además, los contribuyentes obligados a facturar o documentar
la operación a través de controladores fiscales (emite tickets e incluso
tickets factura). Estos equipos están inmersos en una nueva tecnología que
permite enviar información con mayor celeridad, ya que deberá entregarse cada
semana, lo que permitirá conocer la casi totalidad de los movimientos de los
contribuyentes. Cuando terminen las etapas de la generalización, la declaración
jurada estimada por el Fisco parece un hecho.
IVA e Ingresos Brutos Juntos
Todo este andamiaje de datos trae aparejado otra idea que
ronda en el Fisco desde hace tiempo: reunir en una misma presentación la
determinación de IVA e Ingresos Brutos, por eso la prueba en Córdoba con el
Monotributo e Ingresos Brutos a cancelar juntos por contribuyentes locales. Así
el intercambio de información reportará al Fisco si existe simetría entre lo
declarado a nivel nacional y provincial. Esta modalidad fue anunciada el año
pasado por Abad, y ahora puesta en marcha por Cuccioli.
Claro está que con el IVA es más complejo, porque no siempre
las bases imponibles de uno y otro impuesto coinciden y, a la vez, habría que
unificar vencimientos y resolver cómo declarar cuando el Convenio Multilateral
está en el medio, en particular con las pymes; no obstante, no hay que
descartar esta posibilidad, siempre estuvo rondando su aplicación y ya hay un
antecedente.
Lo anunciado por el administrador federal de AFIP tiene que
ser reglamentado; es decir que en un tiempo que se supone breve (transcurre el
mes de julio) la AFIP deberá dictar las o las resoluciones generales
pertinentes que reformulen el régimen de facturación.
Fuente: ambito.com
Por: Ricardo H. Ferraro