La declaración jurada de confirmación de datos, no es una obligación presentarla dado que es un beneficio que se otorga a los contribuyentes que no hayan exteriorizado bienes ingresando al Sinceramiento Fiscal, ¿alcanza entonces sólo a los contribuyentes cumplidores?
01/11/2016 12:00:00 a.m.
Para acceder al bloqueo se requiere la declaración jurada de confirmación de datos, en la misma se ratifica que el patrimonio está compuesto por los bienes declarados en 2015. La declaración jurada del impuesto presentada para este período pudo haber sido una rectificativa o no, siempre que se haya presentado antes de la fecha de promulgación de la ley (22/07/2016).
Fuente: Espacio de Diálogo AFIP Prof. en Cs. Económicas - Acta N° 7 03/10/2016
ID 21099807