¿Las ventas facturadas y no declaradas se regularizan por Moratoria o el dinero de las mismas por Blanqueo?
¿Las ventas facturadas y no declaradas en IVA se consideran exteriorizadas y es posible su regularización por medio de la moratoria, o el dinero en efectivo o bienes obtenidos con su producido, son pasibles de sincerarse por no ser considerados una forma de exteriorización?
09/11/2016 12:00:00 a.m.
La sola facturación de operaciones no se considera declaración a los fines de la Ley 27.260, en tanto tales operaciones o sus resultados no se hayan incluido en declaraciones impositivas. El dinero no declarado proveniente de ventas omitidas es susceptible de exteriorización.
Fuente: Espacio consultivo AFIP- CPCECABA - Reunión del 25/10/2016 ID 21132591
09/11/2016 12:00:00 a.m.
La sola facturación de operaciones no se considera declaración a los fines de la Ley 27.260, en tanto tales operaciones o sus resultados no se hayan incluido en declaraciones impositivas. El dinero no declarado proveniente de ventas omitidas es susceptible de exteriorización.
Fuente: Espacio consultivo AFIP- CPCECABA - Reunión del 25/10/2016 ID 21132591