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¿Si Blanqueo suscribiendo bonos debo depositar 1/3 en la cuenta de bonos y 2/3 en la cuenta permanencia?

Se produce un gran problema con el blanqueo de efectivo que se aplicaba a la suscripción del Bonar 23 (el famoso bono del 3 x 1).



Este problema radica en que algunos bancos obligan a depositar los fondos blanqueados en la proporción de 1/3 partes en la cuenta de bonos y las otras 2/3 en la cuenta permanencia, entonces cuando se quiere generar las declaraciones juradas para habilitar el depósito de los fondos el aplicativo calcula y obliga a pagar el 1% sobre los fondos depositados en la cuenta permanencia.

Ahora la AFIP aclara, en forma indirecta, está situación, mediante una respuesta que se publica en el sitio de internet entre las preguntas frecuentas (nueva modalidad altamente informal de "legislar")

De la respuesta se desprende, como era lo lógico, que se deben depositar los fondos sólo en la cuenta de bonos.

Aquí la pregunta con la respuesta

Un ciudadano depósito la totalidad de sus fondos en una cuenta especial destinada a la suscripción de bonos, pero no afectará la totalidad de dicho depósito en la suscripción de los mismos ¿deberá transferir los fondos por los cuales no suscriba y a una cuenta especial con destino a permanencia?
17/10/2016 12:00:00 a.m.

No, en ese caso quedará la totalidad de los fondos depositados en la cuenta especial con destino a la suscripción de bonos. No obstante, los fondos no destinados a la mencionada suscripción no podrán ser retirados, sino que quedarán depositados en dicha cuenta sin disponibilidad de los mismos para ningún destino, hasta cumplido el período de permanencia.

Fuente: CIT AFIP   ID 20978916


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