La Administración Federal de Ingresos Públicos ha emitido respuesta a uno de los temas más candentes del Blanqueo: la posibilidad de que los accionistas de una sociedad procedan a blanquear un inmueble que se encuentra a nombre de la sociedad.
Esta posibilidad se "viralizó" debido al ahorro futuro que se producía en el impuesto a las ganancias en la posible futura venta de ese inmueble
La AFIP trata de salir a limitar dicha posibilidad.
Una sociedad que posee un inmueble declarado bajo su titularidad, ¿pueden los accionistas desafectar el inmueble de dicha sociedad registrándolos a su nombre?
En tanto la participación societaria como la propiedad del inmueble se encuentren declaradas ante AFIP por parte de la persona humana y de la sociedad, respectivamente, no existe activo susceptible de ser exteriorizado conforme los objetivos de la Ley 27.260 en materia del régimen de Sinceramiento Fiscal.
Fuente: CIT AFIP ID 20946130