La adhesión a los beneficios se efectuará ingresando en
www.afip.gob.ar a través del servicio con clave fiscal "Sistema
Registral" opción "Características especiales", seleccionando en
la opción "Ley 27.260 - Beneficio contribuyentes cumplidores", aquella
situación en la que el sujeto se considere comprendido, a saber:
- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto
a los bienes personales (Período Fiscal 2016, 2017, 2018) con acreditación de
anticipos como saldo de libre disponibilidad.
- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto
a las ganancias - 1era. Cuota de SAC período fiscal 2016.
- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto
a los bienes personales - responsable sustituto.
- Ley 27.260, Art. 63- Solicitud de exención en el impuesto
a los bienes personales (PF 2016, 2017, 2018) con devolución de anticipos en
cuenta (CBU).
Al mencionado servicio se deberá acceder con clave fiscal,
nivel de seguridad 3 como mínimo.
Fuente: Art. 36 RG 3919