Se encuentran obligados a utilizar controladores fiscales de "Nueva Tecnología", los siguientes sujetos:
- Los responsables inscriptos que actualmente se encuentren realizando actividades u operaciones alcanzados por el régimen, así como también aquellos sujetos que hubieren optado por emitir tiques para respaldar sus operaciones.
- Los monotributistas encuadrados en categoría H en adelante que realicen alguna de las actividades u operaciones alcanzadas por el régimen.
- Los monotributistas que efectúen el servicio de entrega a domicilio "delivery", cualquiera sea su categoría.
Se encuentran exceptuados de la obligación, los Monotributistas incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
- Los sujetos que realicen la actividad de hipermercados, supermercados y autoservicios.