Desde el 1 de julio de 2015 se universaliza la obligación de respaldar las operaciones comerciales mediante la emisión de factura electrónica para todos aquellos sujetos que revistan la condición de Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado.
Ante dicha situación se generan una serie de interrogantes dentro de los cuales encontramos el siguiente:
¿Puede un Contribuyente Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado optar por emitir todos sus comprobantes por controlador fiscal, inclusive las facturas (impresora fiscal), queda exceptuado de emitir sus comprobantes originales en forma electrónica?
Respuesta:
La utilización de Controlador Fiscal no es una opción, debe utilizarse para las actividades u operaciones alcanzadas obligatoriamente por la RG 3561/13. Caso contrario, tratándose de un Responsable Inscripto en IVA, debe emitir Factura Electrónica.
Fuente: Arts. 1, 2 y 3 RG 3749/15 y Anexo I RG 3561/13