El período de prueba del contrato de trabajo por tiempo indeterminado se encuentra establecido en el artículo 92 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Respecto a la duración del período de prueba, el artículo 92 bis de la ley de contrato de trabajo establece un plazo de tres meses de extensión, sin realizar ninguna aclaración adicional. Por aplicación supletoria debemos analizar las disposiciones establecidas en el Código de fondo, es decir el Código Civil, el cual en su artículo 25 del Código Civil especifica como es el mecanismo para el cómputo de los plazos en meses: "Los plazos de mes o meses, de año o años, terminarán el día que los respectivos meses tengan el mismo número de días de su fecha. Así, un plazo que principie el 15 de un mes, terminará el 15 del mes correspondiente, cualquiera que sea el número de días que tengan los meses o el año".