Los beneficiarios de las rentas, deberán informar al inicio de la relación laboral y, en su caso, cuando se produzcan modificaciones, mediante la utilización del formulario de declaración jurada F. 572 "Web", entre otros datos, el detalle de las personas a su cargo, los conceptos e importes de las deducciones computables, remuneraciones que hubiera percibido de personas o entidades distintas a quien debe actuar como agente de retención, etc.
Cabe aclarar que el sistema SiRADIG permite, en relación a las cargas de familia, tildar la opción "vigente para los próximos períodos fiscales", por lo cual, luego de la primer carga, si el empleado sólo deduce cargas de familia y de no tener que modificar ningún otro dato informado en su última presentación, no volverá a presentarlo hasta tanto ocurra alguna novedad.
Por último, se aclara que la transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572 "Web" correspondientes a cada período fiscal deberá ser efectuada hasta el 31 de enero, inclusive, del año inmediato siguiente al que se declara.
Artículo relacionado: Formulario 572 web Preguntas y Respuestas
Artículo relacionado: Formulario 572 web Preguntas y Respuestas